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Informes

CONVENIO ENTRE LA REPUBLICA ARGENTINA Y LA CONFEDERACION SUIZA

LEY Nº 27010/2015

 

Por ley Nº 27010/2015 se aprueba el Convenio con la Confederación Suiza, para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio y de intercambio de información.

El mismo entrará en vigor a partir de los 30 días de la última notificación de Estados Contratantes  sobre el cumplimiento de los procedimientos requeridos por  las legislaciones internas de los mismos.

VIGENCIA:    11/12/2014  

APLICACIÓN: Para aprobar el Convenio de doble imposición con  Suiza a partir del 27 de Noviembre de 2015, inclusive, resultando de aplicación:         

a)     Respecto a Impuestos retenidos en la fuente, sobre los montos pagados a partir del 1º de Enero de 2015, inclusive.

b)    Respecto a otros impuestos sobre a la renta o sobre el patrimonio; para los ejercicios fiscales que comiencen a partir del 1º de Enero 2016, inclusive.

Se adjunta Ley 27010/2015, para su consulta.

Prórrogas de Impuestos hasta el 31/12/2017, Impuestos Débitos y Créditos Bancarios, Régimen Simplificado para pequeños contribuyentes , impuestos a los premios de sorteos y concursos deportivos, impuesto adicional emergencia sobre venta de cigarrillos, hasta el 31/12/2025, PACTO FEDERAL – Art. 17 Ley 25.239, Ley Nro. 27199/2015.

 

Mediante la Ley Nº 27199:

Se prorrogan hasta el 31 de Diciembre de 2017los siguientes impuestos:

·        Débitos y Créditos en las transacciones financieras:  Ley Nº 25413

Vigencia : De aplicación para los hechos imponibles que se perfeccionen a partir del 1º de Enero de 2016, inclusive.

·        Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes :  Ley Nº 24977

Vigencia : A partir del 1º de Enero de 2016, inclusive.

·        Impuesto Adicional de emergencia sobre el precio final de venta de cigarrillos : Ley Nº 24625.

Vigencia : De aplicación para los hechos imponibles que se perfeccionen a partir del 1º de Enero de 2016, inclusive.

·        Pacto Federal: Ley 25239 art. 17.

Se invita a las Provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a dherir a esta prórroga.

Vigencia : A partir del 1º de Enero de 2016, inclusive.

 

Se prorroga hasta el 31 de Diciembre de 2025

·        El gravámen de emergencia a los premios de determinados juegos de sorteo y concursos deportivos : Ley Nº 20630.

Vigencia : De aplicación para los hechos imponibles que se perfeccionen a partir del 1º de Enero de 2016, inclusive.

LEY 26940/2014  TITULO II

REGIMENES ESPECIALES DE PROMOCION DEL TRABAJO REGISTRADO

PRORROGA POR 12 MESES A PARTIR DEL 1º DE AGOSTO DE 2015

DECRETO Nº 1801/2015

Por  la presente se prorroga a partir del 1º de Agosto de 2015 y por el  término de 12 meses el beneficio de reducción de las contribuciones patronales dispuesto por la Ley 26940/2014, para las nuevas relaciones laborales por tiempo indeterminado.

Leer más: REGIMENES ESPECIALES DE PROMOCION DEL TRABAJO REGISTRADO

NUEVO PLAN DE FACILIDADES DE PAGO  EN 120 CUOTAS

PARA OBLIGACIONES VENCIDAS AL 30/09/2015

ADHESION HASTA EL 30 DE NOVIEMBRE DE 2015

RG (Afip) Nº 3806/2015

 

Por la presente se establece un Régimen Especial de Facilidades de Pago para la cancelación de las obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, sus intereses, actualizaciones y multas, cuyo vencimiento para la presentación de la DDJJ y pago del saldo resultante hubiese operado hasta el 30 de Setiembre de 2015.

Leer más: NUEVO PLAN DE FACILIDADES DE PAGO EN 120 CUOTAS PARA OBLIGACIONES VENCIDAS AL 30/09/2015

MONOTRIBUTO

DECLARACION JURADA INFORMATIVA2DO CUATRIM. 2015 VTOS 24 al 30/09/2015

RECATEGORIZACION2DO CUATRIM. 2015 VTO 21/09/2015

 

Recordamos:

REGIMEN DE INFORMACION 2DO  CUATRIMBRE 2015

Sujetos obligados:

Monotributistas que a la finalización de cada cuatrimestre  calendario.

a) Se hallen encuadrados en la Categoría F, G, H, I, J K o L

b) Revistan la calidad de empleadores.

Si el contribuyente dejara de cumplir con la condición que lo sujetó al presente régimen, la obligación de información subsistirá por el término de seis cuatrimestres calendarios contados a partir el último cuatrimestre informado.

Presentación de la información:

Mediante transferencia electrónica, ingresando a la página web de la Afip www.afip.gor.ar , al servicio “Sistema Registral” opción “Declaración de Monotributo Informativa”

De ser aceptada la transferencia el sistema emitirá constancia de la presentación.

Vencimientos:

Terminación de CUIT

Fecha de Vencimiento

0-1

24/09/2015

2-3

25/09/2015

4-5

28/09/2015

6-7

29/09/2015

8-9

30/09/2015

 

RECATEGORIZACION 2DO  CUATRIMESTRE 2015 : …………VTO. 21-09-2015

No están obligados a recategorizarse los sujetos que deban permanecer en la misma categoría del régimen, y los que hayan iniciado actividad, hasta que no hayan cumplido un cuatrimestre calendario.

 

Subcategorías

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